La República Constitucional de Antonio García-Trevijano

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Republica constitucional García Trevijano
Republica constitucional García Trevijano

La República Constitucional: Arquitectura de la Libertad Política y Crítica del Estado de Partidos

La obra de Antonio García-Trevijano Forte constituye un hito singular en la teoría política contemporánea, al proponer una ruptura técnica y científica con los modelos de democracia parlamentaria que han predominado en la Europa de la posguerra. Su propuesta, condensada bajo el término República Constitucional, no se presenta como una mera reforma del sistema vigente, sino como una alternativa sistémica fundamentada en la libertad política colectiva y el control efectivo del poder por parte de los gobernados.1 La República Constitucional se articula a través de una arquitectura institucional diseñada para impedir la formación de oligarquías estatales, basándose en la separación radical de poderes en su origen y en un sistema de representación directa que devuelve la soberanía a la sociedad civil.2 Este análisis examina exhaustivamente los fundamentos teóricos, las fuentes doctrinales y los mecanismos operativos de un modelo que García-Trevijano denominó la Teoría Pura de la República.

Fundamentos teóricos y la génesis de la Teoría Pura

La Teoría Pura de la República es, ante todo, una construcción que busca despojar al análisis político de sus adherencias ideológicas, morales y sentimentales para tratarlo como una disciplina científica.3 García-Trevijano sostiene que la democracia no debe ser entendida como un ideal de igualdad social o de justicia distributiva, sino estrictamente como una forma de gobierno y una forma de Estado cuyas reglas constitutivas garantizan la libertad política.1 Al igual que en el juego del ajedrez, donde las reglas definen la esencia del juego y cualquier alteración de estas —como el movimiento oblicuo de una torre— anula la naturaleza del mismo, la República Constitucional se define por un conjunto de reglas técnicas e institucionales que, si se incumplen, derivan inexorablemente en formas de poder absoluto u oligárquico.3

El realismo político frente al utopismo

La raíz doctrinal de la República Constitucional se inserta en la tradición del realismo político, rechazando la línea de pensamiento utópico que arranca con Platón y se extiende hasta Rousseau.3 Trevijano se alinea con la corriente realista iniciada por Aristóteles, continuada por Maquiavelo y perfeccionada por Montesquieu, centrada en el estudio de los hechos políticos y en la naturaleza ambiciosa del poder.3 Para el autor, el problema de las constituciones europeas radica en su base rousseauniana, que presupone una "voluntad general" abstracta y una soberanía nacional indivisible que termina siendo secuestrada por el Estado.4

La Teoría Pura postula que la libertad política no es una concesión del Estado ni un derecho natural preexistente que el poder simplemente reconoce, sino una creación formal e institucional.1 Esta libertad se define como la capacidad de los ciudadanos de controlar a sus gobernantes, lo que requiere mecanismos técnicos de separación y contrapeso que no dependan de la buena voluntad de los actores políticos, sino de la propia estructura del sistema.1 En este sentido, García-Trevijano distingue entre libertad civil —el disfrute de derechos individuales en la esfera privada— y libertad política —la participación y control en la esfera pública—, denunciando que los regímenes actuales pueden respetar la primera mientras anulan completamente la segunda.1

La influencia de la monadología de Leibniz

Un aspecto distintivo y profundo de la arquitectura trevijanista es la aplicación de la monadología de Gottfried Wilhelm Leibniz a la representación política.2 García-Trevijano utiliza el concepto de "mónada" para definir la unidad mínima de representación: el distrito electoral de cien mil habitantes.2 La mónada republicana es un microcosmos político donde la sociedad civil recupera su voz y su capacidad de fiscalización sobre el elegido, rompiendo la masa amorfa de la circunscripción proporcional donde el elector es invisible.2 Esta fundamentación filosófica permite construir una teoría de la representación que no se basa en ficciones colectivistas, sino en la relación directa y de lealtad entre el representante y sus representados.2

Influencia Doctrinal Concepto Clave aportado Aplicación en la República Constitucional
Aristóteles Realismo Político Análisis de las formas de gobierno basado en hechos y experiencia fáctica.3
Maquiavelo Autonomía de la Política El poder como técnica de acción y la necesidad de entender sus mecanismos internos.3
Montesquieu Separación de Poderes La necesidad de que el poder detenga al poder mediante contrapesos institucionales.1
Leibniz Monadología Definición del distrito uninominal como unidad mínima de representación soberana.2
Kelsen Teoría Pura Depuración de elementos ideológicos y reconocimiento de la tautología del "Estado de Derecho".2

Diagnóstico del sistema actual: El Estado de Partidos

La República Constitucional se define en oposición radical a lo que García-Trevijano identifica como el "Estado de Partidos" o "Partidocracia", el régimen imperante en España y la mayor parte de Europa Occidental.6 Este sistema no es una democracia, sino una oligarquía en la que los partidos políticos han dejado de pertenecer a la sociedad civil para integrarse en la estructura del Estado, financiados por el presupuesto público y convertidos en una sinarquía que se reparte el poder por cuotas electorales.2

La estatalización de los partidos y la pérdida de representación

En el Estado de Partidos, las organizaciones políticas actúan como "órganos del Estado", eliminando la distinción fundamental entre sociedad política y sociedad civil.6 García-Trevijano argumenta que cuando los partidos son subvencionados por el Estado, pierden su función mediadora y se transforman en facciones de una clase política cerrada que protege sus privilegios por encima de los intereses de los electores.6 Esta estatalización conlleva la muerte de la representación política real, ya que los diputados no son elegidos por los ciudadanos, sino designados por los jefes de partido en listas cerradas y bloqueadas.7

El sistema electoral proporcional, pieza clave de la partidocracia, es denunciado por Trevijano como una ficción matemática que impide la rendición de cuentas.2 Al votar a una sigla y no a una persona, el ciudadano pierde el vínculo de lealtad con su representante, y el diputado pasa a deber su cargo exclusivamente a la jerarquía del partido que lo incluyó en la lista.7 Por tanto, en el Parlamento no reside la representación de la nación, sino una asamblea de mandatarios de los partidos que ratifican las decisiones tomadas por el ejecutivo o por el consenso de las cúpulas partidistas.6

El mito del consenso y la corrupción institucional

García-Trevijano es un crítico feroz del "consenso" que caracterizó la Transición española y que sigue siendo el ideal de los regímenes parlamentarios europeos.6 Para el autor, el consenso es la herramienta mediante la cual la oligarquía evita el conflicto político real y la fiscalización pública, acordando el reparto de instituciones como el poder judicial, los órganos reguladores y los medios de comunicación.6 Esta "sinarquía por consenso" institucionaliza la corrupción, no como un fallo del sistema, sino como su propio método de gobierno, donde el pacto de silencio entre partidos asegura la impunidad mutua.9

Elemento del Estado de Partidos Consecuencia en la Libertad Política Crítica de García-Trevijano
Subvenciones Públicas Los partidos se vuelven dependientes del Estado.9 Traición a la sociedad civil y formación de una casta política estatalizada.6
Listas Proporcionales El elector vota siglas, no personas.7 Anulación de la representación y de la responsabilidad del elegido ante el elector.2
Consenso Político Reparto del poder entre oligarquías.6 Eliminación de la lucha política legítima y fomento de la corrupción sistémica.6
Fusión de Poderes El Legislativo elige al Ejecutivo.1 Ausencia de controles mutuos; el Parlamento se convierte en apéndice del Gobierno.1

Arquitectura institucional de la República Constitucional

La propuesta de García-Trevijano se basa en una reingeniería del Estado que garantiza la separación de poderes en su origen y en su función, asegurando que cada poder tenga su propia fuente de legitimidad y que ninguno pueda dominar a los demás.2

El Poder Ejecutivo: El Presidente de la Nación

En la República Constitucional, el poder ejecutivo es monocefálico y reside en el Presidente de la República, quien ostenta simultáneamente la jefatura del Estado y la jefatura del Gobierno.2 La distinción radical con los sistemas parlamentarios es que el Presidente es elegido directamente por el pueblo en una circunscripción única nacional.1

Esta elección directa otorga al Presidente una legitimidad propia y superior a la de cualquier pacto entre partidos en la cámara legislativa.1 Al no deber su cargo al Parlamento, el Presidente tiene total autonomía para nombrar y cesar a sus ministros, quienes son meros secretarios responsables ante él y nunca pueden ser miembros de la cámara de representantes.1 Esta incompatibilidad absoluta entre cargos ejecutivos y legislativos es un pilar fundamental para evitar la colonización del Legislativo por parte del Ejecutivo.2

El Presidente de la República carece de potestad legislativa. García-Trevijano propone la abolición radical de los decretos-ley y de cualquier norma emanada del gobierno que tenga rango de ley.2 El Ejecutivo solo puede dictar decretos administrativos para la ejecución de las leyes aprobadas por la cámara.13 Para evitar el bloqueo institucional, Trevijano diseña un mecanismo de responsabilidad recíproca: el Presidente puede disolver la cámara si dimite simultáneamente, convocando elecciones generales para ambos poderes; de igual forma, la cámara puede forzar la dimisión del Presidente si se disuelve ella misma, sometiéndose ambos de nuevo al juicio de las urnas.2

El Poder Legislativo: La Cámara de Representantes

La función legislativa se deposita en una cámara única (aunque podría ser bicameral según el diseño específico, Trevijano prioriza la eficacia de la representación uninominal) cuyos miembros son elegidos mediante el sistema mayoritario en distritos pequeños de cien mil habitantes.2

Este sistema, basado en la mónada electoral, permite que el elector conozca personalmente al candidato y que este sea un vecino o una figura de prestigio en su distrito.2 La República Constitucional introduce el mandato imperativo y la revocabilidad del cargo: el representante está vinculado por el programa electoral presentado en su distrito y puede ser destituido por sus electores antes de finalizar la legislatura si incumple sus compromisos o pierde la confianza mayoritaria del distrito.2

La Cámara de Representantes tiene como única misión legislar y aprobar los presupuestos del Estado.2 No participa en la formación del gobierno, no otorga votos de confianza ni puede ser disuelta unilateralmente por el Presidente sin que este también caiga.2 Esta independencia asegura que el legislativo actúe como un verdadero contrapeso, fiscalizando la acción del ejecutivo y controlando el gasto público sin la presión de mantener la estabilidad de un gabinete del cual no forma parte.2

El Poder Judicial y el Consejo de Justicia

La independencia judicial en la República Constitucional no es meramente retórica, sino orgánica y administrativa.13 Trevijano propone la eliminación del Ministerio de Justicia, al que considera un órgano de intromisión del ejecutivo en los tribunales.14 En su lugar, la administración de la justicia recae en un Consejo de Justicia independiente, cuyos miembros son elegidos exclusivamente por los integrantes de la carrera judicial (jueces, fiscales, secretarios) y profesionales del derecho.14

El Presidente del Tribunal Supremo es elegido por los propios magistrados, y el poder judicial tiene autonomía presupuestaria total.2 Trevijano propone además la supresión del Tribunal Constitucional, calificándolo de tribunal político y "tercera cámara" legislativa.2 El control de la constitucionalidad de las leyes pasaría a una sala especializada del Tribunal Supremo, integrada por magistrados de carrera con criterios estrictamente jurídicos y no de cuota partidista.2

Institución Fuente de Legitimidad Autonomía y Controles
Presidente de la República Sufragio Universal Directo (Nacional) Nombrar gabinete libremente; carece de potestad legislativa (no decretos-ley).2
Cámara de Representantes Sufragio Uninominal (Distritos de 100k) Mandato imperativo y revocable; control absoluto del presupuesto.2
Consejo de Justicia Elección por operadores jurídicos Sin Ministerio de Justicia; autonomía presupuestaria y funcional.14
Tribunal Supremo Elección interna (Presidente) Asume el control de constitucionalidad tras suprimir el Tribunal Constitucional.2

Diferencia radical respecto a la Monarquía Parlamentaria española

La República Constitucional no es una reforma de la monarquía de 1978, sino su negación completa. La diferencia no reside únicamente en la jefatura del Estado, sino en la naturaleza misma del poder político y su relación con la nación.7

De la soberanía del Estado a la soberanía de la nación

En el sistema español actual, la soberanía reside formalmente en el pueblo pero es ejercida de facto por el Estado a través de los partidos.2 García-Trevijano argumenta que la Constitución de 1978 fue una "carta otorgada" por los poderes del franquismo y la oposición pactista para asegurar la continuidad del Estado de la dictadura bajo una fachada parlamentaria.7 La República Constitucional, en cambio, nace de un acto de libertad constituyente donde la nación decide por primera vez sus propias reglas de juego sin la tutela de los partidos estatales ni de la corona.7

El papel del Rey y la irresponsabilidad política

Para Trevijano, la figura del monarca en una monarquía parlamentaria es incompatible con la democracia formal, no solo por su origen no electivo, sino por su irresponsabilidad jurídica.7 El autor sostiene que el Rey actúa como el garante de la unidad de la oligarquía de partidos, mediando en sus conflictos para asegurar la estabilidad de un régimen que excluye a la sociedad civil.6 En la República Constitucional, todos los cargos públicos, incluido el jefe del Estado, son responsables ante la ley y ante el cuerpo electoral, eliminando cualquier privilegio de inmunidad o inviolabilidad.2

Comparación con Repúblicas Parlamentarias y Presidencialistas existentes

García-Trevijano también marca distancias con los modelos republicanos actuales, a los que considera derivaciones del parlamentarismo o presidencialismos incompletos que han sucumbido al Estado de Partidos.1

Frente al parlamentarismo europeo (Alemania e Italia)

Las repúblicas parlamentarias europeas comparten con la monarquía española el pecado original de la fusión de poderes.1 En estos sistemas, el Parlamento elige al jefe del Gobierno (Canciller o Primer Ministro), lo que convierte a la cámara legislativa en un rehén del ejecutivo para evitar la caída del gabinete.8 Trevijano sostiene que sin separación de poderes en origen (elecciones distintas para legislativo y ejecutivo), no puede haber control ni libertad política, independientemente de que el jefe del Estado sea un presidente electo o un rey.1

Frente al modelo de Estados Unidos y la V República Francesa

Aunque García-Trevijano admira el realismo de los Padres Fundadores de EE. UU., critica que su sistema electoral y la evolución de sus partidos hayan permitido la formación de una oligarquía bipartidista que también ha estatalizado la política.4 Su propuesta de distritos uninominales pequeños y mandato revocable busca corregir la lejanía del representante americano respecto a sus electores.2

Respecto a la V República francesa de De Gaulle, Trevijano la califica de "incoherente" por ser un sistema semipresidencialista que mantiene la figura del Primer Ministro responsable ante el Parlamento.4 Esta dualidad genera periodos de "cohabitación" que diluyen la responsabilidad política y obligan al consenso oligárquico que la República Constitucional busca erradicar mediante un ejecutivo nacional único y separado.12

Dimensión República Constitucional Parlamentarismo (Mon./Rep.) Presidencialismo (EE. UU.)
Separación de Poderes Radical y en origen (electiva).1 Fusión (Legislativo elige Ejecutivo).1 Separación parcial; partidos estatales.4
Representación Uninominal, mandato imperativo y revocable.2 Proporcional de listas cerradas (oligarquía).7 Uninominal, pero sin revocabilidad directa.4
Financiación Partidos Privada o mínima para campañas; prohibida la estatal.2 Estatal (subvenciones públicas).6 Privada (lobbies y grandes empresas).10
Control Judicial Sala Constitucional en el Supremo.2 Tribunal Constitucional político.14 Corte Suprema (designación política).18

El modelo territorial: El hecho nacional y el municipalismo

La República Constitucional aborda el problema de la unidad de España y las tensiones nacionalistas desde una perspectiva que rechaza el actual Estado de las Autonomías.1

Crítica al Estado Autonómico y al Federalismo

García-Trevijano considera que el sistema autonómico, derivado del "café para todos", es la mayor amenaza para la nación española, al haber creado diecisiete burocracias oligárquicas que alimentan el conflicto para justificar su existencia y detraer recursos del Estado.7 El autor rechaza el federalismo para España, argumentando que este es un proceso de unión de estados independientes (como en el caso de EE. UU. o Suiza), mientras que en España se pretende utilizarlo para dividir una nación ya unida por la historia.1

El Hecho Nacional frente al Voluntarismo

Para Trevijano, España no es una "nación de naciones" ni un proyecto plebiscitario, sino un "hecho nacional" de existencia histórica colectiva.1 El derecho de autodeterminación es denunciado como una impostura jurídica que solo aplica a pueblos colonizados, y no a regiones que forman parte integrante del cuerpo nacional soberano.1 La República Constitucional garantiza la unidad nacional mediante la elección única y nacional del Presidente, quien personifica la soberanía indivisible de la nación frente a los intereses fragmentarios de los partidos regionales.1

Descentralización a través del Municipio

Frente a la artificialidad de las Autonomías, Trevijano propone la recuperación del poder local auténtico a través del municipio.1 La República Constitucional defiende que la verdadera descentralización debe ocurrir en el ámbito donde el ciudadano puede participar de forma efectiva: la ciudad o el pueblo. Al aplicar el presidencialismo y la separación de poderes a nivel municipal, se eliminan las capas burocráticas regionales y se fortalece la libertad política desde la base.1

La transición hacia la República: El MCRC y la abstención

García-Trevijano sostiene que el régimen actual no es reformable desde dentro, ya que cualquier modificación legislativa requiere el acuerdo de los propios partidos que se benefician del sistema.7 Por ello, propone una estrategia de ruptura pacífica basada en la sociedad civil.7

El Movimiento de Ciudadanos hacia la República Constitucional (MCRC)

Fundado por Trevijano, el MCRC no es un partido político, sino una asociación pre-política que busca concienciar a la población sobre la falta de libertad política en España.9 Su objetivo es la apertura de un periodo de Libertad Constituyente, durante el cual la nación pueda decidir libremente su forma de Estado y de Gobierno sin las coacciones de la actual clase política.7

La abstención electoral como herramienta de deslegitimación

La táctica central del MCRC es la abstención electoral consciente y masiva.7 García-Trevijano argumenta que el voto en el sistema actual es un acto de "servidumbre voluntaria" (citando a Étienne de la Boétie), ya que ratifica un régimen que priva al ciudadano de representación real.7 Una abstención superior al 60% privaría al régimen de su base de legitimidad simbólica ante la comunidad internacional y forzaría a la clase política a aceptar un proceso constituyente ante la imposibilidad de gobernar una sociedad que le ha dado la espalda.7

Implicaciones económicas y neutralidad constitucional

A diferencia de las constituciones actuales que suelen incluir derechos sociales de difícil cumplimiento o directrices económicas intervencionistas, la República Constitucional de Trevijano aboga por la neutralidad económica de la Carta Magna.2

La Constitución como estatuto de libertad

Para el autor, la Constitución debe ser exclusivamente un pacto de reglas para el ejercicio del poder y la garantía de la libertad política.2 No debe decantarse por el capitalismo o el socialismo, ya que estas son opciones políticas que la sociedad civil debe debatir y decidir periódicamente a través de sus representantes.2 Incluir "derechos sociales" en la Constitución es, para Trevijano, un acto de demagogia que desnaturaliza la norma suprema y la convierte en un catálogo de promesas incumplidas que desprestigian la ley.2

Separación de Poder Político y Poder Económico

La República Constitucional busca impedir que las grandes oligarquías financieras controlen el Estado mediante el soborno a los partidos.9 Al eliminar las subvenciones estatales a los partidos y establecer la representación directa por distritos, se reduce drásticamente el coste de la política y la necesidad de financiación oscura.2 El representante, al deberse a su distrito de cien mil personas y no a un aparato nacional, es mucho más difícil de comprar por intereses corporativos lejanos a su base electoral.6

Críticas y recepción en la academia

La propuesta de García-Trevijano ha sido objeto de debate, especialmente por su rigor formalista y su crítica total a la modernidad política europea.2 Algunos autores, como Felipe Giménez Pérez, señalan que Trevijano padece de un "idealismo político fundamentalista democrático", al creer que la forma de gobierno puede agotar por sí sola la realidad de la política y resolver todos los conflictos sociales.2

Se le critica también su enfoque centrado exclusivamente en la "capa conjuntiva" (la estructura del poder), ignorando otros factores sociales, económicos o culturales que influyen en la estabilidad de un régimen.2 No obstante, sus críticos reconocen que la Teoría Pura de la República es el análisis más lúcido y documentado sobre las carencias representativas del sistema parlamentario español, y que su denuncia de la partidocracia ha ganado vigencia ante el creciente descontento social con las instituciones de la Transición.1

Conclusión sobre la viabilidad del modelo

La República Constitucional de Antonio García-Trevijano representa una propuesta de madurez institucional que busca superar las ficciones del parlamentarismo de partidos.1 Su arquitectura, basada en la separación radical de poderes y la representación directa uninominal, ofrece un mecanismo técnico para devolver la soberanía a la nación y garantizar que el poder político sea siempre una potencia controlada y responsable.2

Aunque su implementación requiere una ruptura profunda con las estructuras de mando actuales y una movilización civil sin precedentes a través de la abstención consciente, la Teoría Pura de la República permanece como el único proyecto político exhaustivo que diagnostica la raíz del malestar democrático europeo y propone una solución basada en el realismo y la libertad política colectiva.1 En un tiempo de crisis de los modelos tradicionales, la obra de Trevijano se alza como un referente necesario para cualquier debate serio sobre la regeneración institucional y el futuro de la democracia en España.6

Obras citadas

  1. La democracia formal y el pensamiento de D. Antonio García Trevijano - Pedro M. González, fecha de acceso: abril 11, 2026, https://www.youtube.com/watch?v=2qqbotunBJM
  2. Felipe Giménez Pérez, La teoría pura de la república, El Catoblepas ..., fecha de acceso: abril 11, 2026, https://www.nodulo.org/ec/2011/n118p13.htm
  3. DS Pure Theory of the Republic (I) .Trevijano - YouTube, fecha de acceso: abril 11, 2026, https://www.youtube.com/watch?v=Ip4Fh1ffsME
  4. Teoria Pura de la Republica - DOKUMEN.PUB, fecha de acceso: abril 11, 2026, https://dokumen.pub/teoria-pura-de-la-republica.html
  5. Antonio García-Trevijano FRENTE A LA GRAN MENTIRA - Academia.edu, fecha de acceso: abril 11, 2026, https://www.academia.edu/39824296/Antonio_Garc%C3%ADa_Trevijano_FRENTE_A_LA_GRAN_MENTIRA
  6. Lágrimas en la lluvia - 31 - Partitocracia (video con subtítulos) - YouTube, fecha de acceso: abril 11, 2026, https://www.youtube.com/watch?v=Q4z3gVNuaBM
  7. Antonio García Trevijano y la partitocracia española traidora. #política #corrupción #mentiras - YouTube, fecha de acceso: abril 11, 2026, https://www.youtube.com/watch?v=xQPhSq4WZV8
  8. TEORÍA PURA DE LA REPÚBLICA – LIBRO TERCERO. Capítulo VI. PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO. PODER EJECUTIVO DEL ESTADO (IV). | Mónada Republicana, fecha de acceso: abril 11, 2026, https://mcrcalicante.wordpress.com/2015/03/25/teoria-pura-de-la-republica-libro-tercero-capitulo-vi-presidencia-del-consejo-de-gobierno-poder-ejecutivo-del-estado-iv/
  9. República Constitucional | Mónada Republicana, fecha de acceso: abril 11, 2026, https://mcrcalicante.wordpress.com/tag/republica-constitucional/
  10. Partidocracia o el miedo a luchar por una libertad política colectiva - El Libre - El periódico de la verdad, fecha de acceso: abril 11, 2026, https://ellibre.es/partidocracia-o-el-miedo-a-luchar-por-una-libertad-politica-colectiva/
  11. Biblioteca Trevijano - WordPress.com, fecha de acceso: abril 11, 2026, https://bibliotecatrevijano.wordpress.com/biblioteca-don-antonio-garcia-trevijano/
  12. Antonio García Trevijano - El discurso de la República - YouTube, fecha de acceso: abril 11, 2026, https://www.youtube.com/watch?v=wtGhooKGuFw
  13. Separación de poderes - Wikipedia, la enciclopedia libre, fecha de acceso: abril 11, 2026, https://es.wikipedia.org/wiki/Separaci%C3%B3n_de_poderes
  14. DE LA TEORÍA PURA DE LA REPÚBLICA A LA LIBERTAD, fecha de acceso: abril 11, 2026, https://repositorio.comillas.edu/jspui/bitstream/11531/71398/4/TFG-%20Cornet%20Cabestre%2C%20Alfonso.pdf
  15. La elección de los vocales del CGPJ. Una casa dividida. The appointment of the members of the General Council of the Judiciary. A divided house. - Trabajo Fin de Grado, fecha de acceso: abril 11, 2026, https://zaguan.unizar.es/record/110417/files/TAZ-TFG-2021-1664.pdf
  16. Régimen del 78: 'game over' - Revista de Prensa, fecha de acceso: abril 11, 2026, https://www.almendron.com/tribuna/regimen-del-78-game-over/
  17. La Construcción del Perfil Presidencial en la Francia de la V República. 1965-2017 | RIPS, fecha de acceso: abril 11, 2026, https://revistas.usc.gal/index.php/rips/article/view/7907/11860
  18. ¿Quién custodia a los custodios? - derecho.uba.ar, fecha de acceso: abril 11, 2026, https://www.derecho.uba.ar/publicaciones/pensar-en-derecho/revistas/1/quien-custodia-a-los-custodios.pdf
  19. Del hecho nacional a la conciencia de España: o, El discurso de la República - Antonio García-Trevijano - Google Books, fecha de acceso: abril 11, 2026, https://books.google.com/books/about/Del_hecho_nacional_a_la_conciencia_de_Es.html?id=PMkpAQAAMAAJ
  20. Intervención Económica y Liberalización de Servicios Esenciales en V enezuela José Ignacio Hernández G. - UlPiano, fecha de acceso: abril 11, 2026, http://www.ulpiano.org.ve/revistas/bases/artic/texto/RDA/10/rda_2000_10_61-135.pdf
  21. Una nueva gobernanza para el siglo XXI - CEPC, fecha de acceso: abril 11, 2026, https://www.cepc.gob.es/sites/default/files/2025-03/a-1226-una-nueva-gobernanza-pdf.pdf